viernes, 23 de octubre de 2015

Frades de la Sierra modifica el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

ENTRESIERRASrd | Entre otros aspectos, se fija un tipo reducido para aquellos trabajos que respeten la arquitectura tradicional local
El Ayuntamiento de Frades de la Sierra ha aprobado de manera definitiva la modificación de la ordenanza reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística.
La cuota tributaria ha sido fijada en un 2%, con carácter general, bajando hasta el 0,4% para el caso de locales o instalaciones destinados al uso comercial o industrias que se establezcan en el municipio con carácter permanente. El mismo tipo reducido se aplicará a las obras que utilicen materiales propios de la arquitectura local, como por ejemplo, la teja roja romana curva, piedra de granito o pizarra en paredes, zócalos o cercos de ventana…
El porcentaje se aplicará sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra.
La nueva tasa será aplicada sobre las obras de nueva planta y de ampliación de edificios, las de modificación o de reforma que afecten a la estructura, el aspecto exterior o la disposición interior de los edificios, las obras provisionales, la construcción de vados para la entrada y salida de vehículos , las construcciones, instalaciones y obras realizadas en la vía pública por particulares o por las empresas suministradoras de servicios públicos, que corresponderán tanto a las obras necesarias para la apertura de calas y pozos, colocación de postes de soporte, canalizaciones, conexiones y, en general, cualquier remoción del pavimento o aceras, como las necesarias para la reposición, reconstrucción o arreglo de lo que haya podido estropearse con las calas mencionadas, los movimientos de tierra o las obras de cierre de los solares o de los terrenos y de las vallas, los andamios y los andamiajes de precaución, entre otros. DESCARGAR ORDENANZA COMPLETA



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