ENTRESIERRASrd | La intervención se realizó tras el aviso
de otro conductor a través del 112 alertando de que un camión circulaba
invadiendo los dos carriles de circulación
Agentes de la Guardia
Civil pertenecientes al Subsector de Tráfico de Cáceres, sorprendieron, el
pasado día 20 de agosto en la Autovía A-66, al conductor de un vehículo
articulado que conducía superando 9 veces la tasa de alcohol permitida para
conductores profesionales (0´15 mg/l en aire espirado). Los agentes procedieron
a su detención como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial.
La Guardia Civil,
interceptó el pasado día 20 de agosto, a la altura del kilómetro 427’000 de la
Autovía A-66 (Gijón-Sevilla), término municipal de Baños de Montemayor
(Cáceres), a un vehículo articulado que circulaba sentido Sevilla, tras haber
sido alertados por un usuario de la vía, a través del teléfono de emergencias
112, de que un camión circulaba de manera anómala, invadiendo los dos carriles
de circulación.
Tras detener el
vehículo, la Guardia Civil procedió a la realización de las correspondientes pruebas
de detección de bebidas alcohólicas a su conductor, un varón de 48 años de
edad, de nacionalidad brasileña, que
dio como resultado una
tasa de alcohol en aire espirado de 1´33 mg/l, es decir, conducía superando 9
veces los límites de alcohol legalmente establecidos para conductores
profesionales (0´15 mg/l en aire espirado), motivo por el que la Guardia Civil
procedió a su inmediata detención como supuesto autor de un delito contra la
seguridad vial, consistente en haber conducido un vehículo a motor superando
las tasas de alcoholemia legalmente establecidas.
Tras la celebración del
correspondiente juicio rápido, el conductor ha sido condenado por el Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de Plasencia (Cáceres), como autor
criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial en su modalidad
de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, a la pena de 8 meses
de multa y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y
ciclomotores por tiempo de 20 meses, así como al pago de las costas procesales
causadas.
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