
La sentencia fue
recurrida a la Audiencia Provincial por el demandado que al entender que había
un error respecto a lugar del siniestro, que el animal causante del accidente
no provenía de sus terrenos y que los daños del vehículo que se reclamaban no
estaban acreditados.
Los
jueces deducen, al igual que hizo el magistrado del Juzgado de Instancia número
1 de Béjar que por el atestado de la Guardia Civil y por las tablillas situadas
de coto en el margen izquierdo de la calzada, dicho terreno es titularidad del
condenado. Además señalan que la cantidad reclamada, los 863 euros "es una
cantidad ciertamente moderada", ya que coincide con los daños que la
Guardia Civil indicó en su atestado tras el siniestro, uniéndose a las
fotografías del turismo, un Ford Fiesta, en las cuales se visualiza la zona
afectada.
El juez desestima
el recurso del dueño del coto y añade además que está acreditada la falta de
diligencia en la conservación de los terrenos, que tendrían que estar acotados
impidiendo el tránsito de animales hacia la vía pública.
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