sábado, 5 de diciembre de 2015

Se inicia el proceso de expropiaciones para el nuevo canal de abastecimiento de agua de Castillejo de Salvatierra

ENTRESIERRASrd | Los afectados pueden consultar el expediente en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca, dependiente de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, ha iniciado el proceso de expropiación de los bienes afectados por el nuevo ramal el abastecimiento de agua a la localidad de Castillejo de Salvatierra, pedanía de Pedrosillo de los Aires.
El pasado 12 de noviembre la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras procedió a la aprobación provisional de este proyecto  y para su ejecución definitiva y en cumplimiento de la Ley de Expropiación Forzosa, se ha iniciado el trámite de de información pública, durante un plazo de 20 días hábiles, de la relación individualizada de bienes y derechos afectados. A tal fin, la relación de titulares, bienes y/o derechos y los planos parcelarios, podrán ser examinados por quienes lo deseen en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca, sito en el Edificio Administrativo de Usos Múltiples (ESAUM). C/ Príncipe de Vergara, 53-71 de Salamanca, en el Ayuntamiento de Pedrosillo de los Aires, ubicado en la calle San Benito, 6, de la citada localidad.
La ejecución de esta línea de abastecimiento obligará a expropiar terrenos sobre los que se deban construir instalaciones y elementos fijos así como una imposición de servidumbre permanente para la canalización de la conducción con una anchura de tres metros por donde irán enterrados los tubos.
Esta servidumbre obligará a los afectados del terreno a no efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a ochenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos, realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia de 1,5 m.l. de ancho a cada lado de la servidumbre de acueducto.
También estarán obligados a permitir el libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen, así como la ocupación temporal de los terrenos necesarios de cada una de las fincas para realizar los trabajos.



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