ENTRESIERRASrd | Los
afectados pueden consultar el expediente en el Servicio Territorial de Medio
Ambiente de Salamanca
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de
Salamanca, dependiente de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, ha
iniciado el proceso de expropiación de los bienes afectados por el nuevo ramal
el abastecimiento de agua a la localidad de Castillejo de Salvatierra, pedanía
de Pedrosillo de los Aires.
El pasado 12 de noviembre la Dirección General
de Carreteras e Infraestructuras procedió a la aprobación provisional de este
proyecto y para su ejecución definitiva
y en cumplimiento de la Ley de Expropiación Forzosa, se ha iniciado el trámite
de de información pública, durante un plazo de 20 días hábiles, de la relación
individualizada de bienes y derechos afectados. A tal fin, la relación de
titulares, bienes y/o derechos y los planos parcelarios, podrán ser examinados por
quienes lo deseen en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca,
sito en el Edificio Administrativo de Usos Múltiples (ESAUM). C/ Príncipe de
Vergara, 53-71 de Salamanca, en el Ayuntamiento de Pedrosillo de los Aires,
ubicado en la calle San Benito, 6, de la citada localidad.
La ejecución de esta línea de abastecimiento
obligará a expropiar terrenos sobre los que se deban construir instalaciones y
elementos fijos así como una imposición de servidumbre permanente para la
canalización de la conducción con una anchura de tres metros por donde irán
enterrados los tubos.
Esta servidumbre obligará a los afectados del
terreno a no efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior
a ochenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos, realizar
cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que
pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una
distancia de 1,5 m.l. de ancho a cada lado de la servidumbre de acueducto.
También estarán obligados a permitir el libre
acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar
las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen, así
como la ocupación temporal de los terrenos necesarios de cada una de las fincas
para realizar los trabajos.
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