jueves, 29 de septiembre de 2016

Una sentencia judicial imposibilitará acceso a las pistas de La Cardosa y otras pistas naturales en La Covatilla

ENTRESIERRASrd | Los propietarios ofrecieron en dos ocasiones un acuerdo para que los terrenos pudieran seguir siendo utilizados para la actividad del esquí, siendo rechazado por el ayuntamiento bejarano
El Juzgado de Piedrahita ha dictado un Auto con fecha de 14 de julio de 2016, pero notificado esta semana, por el que desestima la oposición formulada, en representación del Ayuntamiento de Béjar, contra el Auto y Decreto de fecha 11 de febrero de 2016 y acuerda que la misma siga adelante en los términos establecidos en dicha resolución y en el Decreto de la misma fecha, debiendo estarse a lo en ellos establecido, con expresa imposición de costas a la parte ejecutada.
Recordamos que en el Decreto de fecha 11 de febrero de 2016 señalaba que el Ayuntamiento de Béjar deberá retirar todos los elementos de la estación de esquí de La Covatilla situados en la finca de El Tremedal. Esta medida afecta al telesquí “Canchal Negro”, a la torre y caseta de una webcam y a varias pistas de esquí. El ayuntamiento presentó escrito de oposición a la ejecución en el que solicitaba que se dictara resolución declarando no procede la ejecución y dejándola sin efecto. El Auto del Juzgado de Piedrahita desestima este escrito de oposición. Los propietarios de la finca ejecutarán al cerramiento de la finca en los próximos días.
Es preciso recordar que los propietarios de la finca ofrecieron en dos ocasiones la posibilidad de llegar a un acuerdo para que los terrenos de la misma, que afectan a las pistas y a los remontes de la estación, pudieran seguir siendo utilizados para la actividad del esquí, siendo en ambas ocasiones rechazada esta posibilidad por el ayuntamiento bejarano. Ante esta actitud, instaron demanda de Juicio Verbal, habiéndose alcanzado un acuerdo transaccional en base al cual las partes se obligaban expresamente a respetar entre si la delimitación y lindes colindantes, consintiendo el propietario o concesionario de la estación de esquí el cerramiento de la finca de El Tremedal en los límites que procedan. Con fecha 30 de septiembre de 2015 tuvo entrada en el Ayuntamiento de Béjar un escrito de los propietarios de la finca formulado al objeto de dar cumplimiento a los acuerdos transaccionales alcanzados y homologados por el juzgado al efecto de proceder primero a marcar los límites de la finca El Tremedal y, posteriormente, realizar su vallado de conformidad a los títulos de propiedad y según los límites marcados por el Catastro, único organismo que, junto con los títulos citados e inscritos en el Registro de la Propiedad, certifica los lindes de la finca objeto de litigio.
Para sorpresa de los demandantes y contraviniendo de forma palmaria los acuerdos alcanzados, el Ayuntamiento de Béjar denegó (sin ser siquiera competente, pues la finca se ubica en el término municipal de Solana de Ávila, perteneciente a El Barco de Ávila) cualquier proyecto de cerramiento y el acceso a través de los caminos de La Covatilla, haciendo inútil el acuerdo alcanzado. Ante esta negativa, los propietarios de la finca instaron judicialmente la ejecución del acuerdo alcanzado en el sentido de obtener el preciso y exacto cumplimiento de la delimitación y lindes de las fincas y obligar al propietario o concesionario de la estación de esquí a consentir en el cerramiento de la finca, evitando cualquier perturbación que suponga uso, invasión o publicidad sobre la misma.
En el Auto y Decreto  del Juzgado de Piedrahita de fecha 11 de febrero de 2016, se dicta orden al Ayuntamiento de Béjar para que cumpla la sentencia en sus propios términos, lo que, entre otras circunstancias, implica, según la demanda presentada, retirar a su entera costa y cargo las estacas presumiblemente de delimitación, tras haber movido a su antojo, sin consentimiento de los propietarios de la finca, cualquier elemento visible de separación, lo que ha hecho que la realidad de las propiedades y las limitaciones anteriores sean confusas e invadan y perturben la propiedad incumpliendo el acuerdo que ahora se ejecuta. Asimismo, que retire y desmonte la última pilona o de retorno del telesquí “Canchal Negro”, que contiene la rueda de giro de las perchas del remonte y que está ubicada en la finca de los demandantes; que retire y desmonte la instalación de una torre que soporta una webcam, así como la caseta aneja que contiene los elementos operativos de la webcam citada, ambas situadas dentro de los límites de la finca El Tremedal y que impida, o permita a los propietarios poner los medios necesarios para ello, el uso de las pistas de esquí situadas dentro de los límites de la finca.

No hay comentarios:

Publicar un comentario