ENTRESIERRASrd | Como
medida cautelar, exigen la prohibición momentánea de mezclar mieles de
diferentes países "hasta que esté claramente detallada la procedencia y
porcentaje de ambos productos"
Un movimiento ciudadano y empresarial ha puesto
en marcha la recogida de firmas para solicitar la modificación de la
legislación relativa a la miel y a la industria de la apicultura.
Según los promotores de la iniciativa, que han
abierto un período de adhesión a través de la plataforma CHANGE.ORG, se ha puesto de manifiesto
que "el Gobierno de España ha dado más relevancia a la Directiva relativa
a la miel, en detrimento de los derechos de los consumidores, según el
Reglamento que regula la información alimentaria facilitada al consumidor"
El 20 de junio de 2015 se aprobó un Real Decreto
(R.D. 473/2015), por el cual, se reproduce la Directiva 2014/63/UE. En dicho
Real Decreto se indica que en el caso de mezcla de mieles, si estas son
originarias de más de un Estado miembro o tercer país, dicha mención PODRÁ
sustituirse por una de las siguientes, según proceda:
1º “Mezcla de mieles originarias de la UE”.
2º “Mezcla de mieles no originarias de la UE”.
3º “Mezcla de mieles originarias y no
originarias de la UE”.
Por otro lado, el Reglamento (U.E.) nº 1169/2011, sobre información facilitada al consumidor, indica la obligación de etiquetar los alimentos de forma clara, comprensible y legible.
Por otro lado, el Reglamento (U.E.) nº 1169/2011, sobre información facilitada al consumidor, indica la obligación de etiquetar los alimentos de forma clara, comprensible y legible.
En su capítulo II, artículo 4, apartado 2 se
indica que “En caso de que se considere la necesidad de información alimentaria
obligatoria y permitir que los consumidores decidan con conocimiento de causa,
se tendrá en cuenta la necesidad expresada por la mayoría de los consumidores
de que se les facilite determinada información a la que conceden un valor
considerable o de cualquier beneficio generalmente aceptado”.
Y en su artículo 7, describe lo siguiente, “1.
La información alimentaria no inducirá a error, en particular:
a) sobre las características del alimento y, en
particular, sobre la naturaleza, identidad, cualidades, composición, cantidad,
duración, país de origen o lugar de procedencia, y modo de fabricación o de
obtención;”
Y también, en este mismo artículo nos dice “2.
La información alimentaria será precisa, clara y fácil de comprender para el
consumidor.”
El etiquetado de la miel tiene grandes
deficiencias, ya que las leyendas que aparecen en la mayoría de las etiquetas
de mieles mezcladas incluyen las siguientes leyendas: “Mezcla de mieles
originarias y no originarias de la UE” y por otro lado, y habitualmente en
letra de mayor tamaño indican “Fabricado en España”. Esta praxis conduce a
error al consumidor, ya que no puede discernir si la miel procede de España o
de fuera.
Por otro lado, en el Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea, en su artículo 288, especifica lo siguiente, “Para ejercer
las competencias de la Unión, las instituciones adoptarán reglamentos,
directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes.
El reglamento tendrá un alcance general. Será
obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado
miembro. ES 30.3.2010 Diario Oficial de la Unión Europea C 83/171.
La directiva obligará al Estado miembro
destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando, sin embargo,
a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios”.
Por todo lo anteriormente expuesto, se pone en
relevancia que el Gobierno de España ha dado más relevancia a la Directiva
relativa a la miel, en detrimento de los derechos de los consumidores, según el
Reglamento que regula la información alimentaria facilitada al consumidor.
El movimiento reivindicativo aduce que es de
interés del consumidor que se modifique el Real Decreto 473/2015, en su párrafo
en el que hace referencia a la mezcla de mieles, quedando de la siguiente
forma:
"Se tendrá que detallar la procedencia de
todos los países de los que procede la miel en caso de mezclas, indicando el
porcentaje de la mezcla de miel de cada país.
"Se prohíbe la mezcla de miel recolectada
en el territorio español, con cualquier miel cuya procedencia sea de otro país
o países. Esta medida cautelar se establece para preservar la calidad de las
mieles que se obtienen en todo el territorio español".
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