miércoles, 21 de octubre de 2015

Un movimiento ciudadano pide el cambio en el etiquetado de la miel autóctona

ENTRESIERRASrd | Como medida cautelar, exigen la prohibición momentánea de mezclar mieles de diferentes países "hasta que esté claramente detallada la procedencia y porcentaje de ambos productos"
Un movimiento ciudadano y empresarial ha puesto en marcha la recogida de firmas para solicitar la modificación de la legislación relativa a la miel y a la industria de la apicultura.
Según los promotores de la iniciativa, que han abierto un período de adhesión a través de la plataforma CHANGE.ORG, se ha puesto de manifiesto que "el Gobierno de España ha dado más relevancia a la Directiva relativa a la miel, en detrimento de los derechos de los consumidores, según el Reglamento que regula la información alimentaria facilitada al consumidor"
El 20 de junio de 2015 se aprobó un Real Decreto (R.D. 473/2015), por el cual, se reproduce la Directiva 2014/63/UE. En dicho Real Decreto se indica que en el caso de mezcla de mieles, si estas son originarias de más de un Estado miembro o tercer país, dicha mención PODRÁ sustituirse por una de las siguientes, según proceda:
1º “Mezcla de mieles originarias de la UE”.
2º “Mezcla de mieles no originarias de la UE”.
3º “Mezcla de mieles originarias y no originarias de la UE”.
Por otro lado, el Reglamento (U.E.) nº 1169/2011, sobre información facilitada al consumidor, indica la obligación de etiquetar los alimentos de forma clara, comprensible y legible.
En su capítulo II, artículo 4, apartado 2 se indica que “En caso de que se considere la necesidad de información alimentaria obligatoria y permitir que los consumidores decidan con conocimiento de causa, se tendrá en cuenta la necesidad expresada por la mayoría de los consumidores de que se les facilite determinada información a la que conceden un valor considerable o de cualquier beneficio generalmente aceptado”.
Y en su artículo 7, describe lo siguiente, “1. La información alimentaria no inducirá a error, en particular:
a) sobre las características del alimento y, en particular, sobre la naturaleza, identidad, cualidades, composición, cantidad, duración, país de origen o lugar de procedencia, y modo de fabricación o de obtención;”
Y también, en este mismo artículo nos dice “2. La información alimentaria será precisa, clara y fácil de comprender para el consumidor.”
El etiquetado de la miel tiene grandes deficiencias, ya que las leyendas que aparecen en la mayoría de las etiquetas de mieles mezcladas incluyen las siguientes leyendas: “Mezcla de mieles originarias y no originarias de la UE” y por otro lado, y habitualmente en letra de mayor tamaño indican “Fabricado en España”. Esta praxis conduce a error al consumidor, ya que no puede discernir si la miel procede de España o de fuera.
Por otro lado, en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en su artículo 288, especifica lo siguiente, “Para ejercer las competencias de la Unión, las instituciones adoptarán reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes.
El reglamento tendrá un alcance general. Será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. ES 30.3.2010 Diario Oficial de la Unión Europea C 83/171.
La directiva obligará al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando, sin embargo, a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios”.
Por todo lo anteriormente expuesto, se pone en relevancia que el Gobierno de España ha dado más relevancia a la Directiva relativa a la miel, en detrimento de los derechos de los consumidores, según el Reglamento que regula la información alimentaria facilitada al consumidor.
El movimiento reivindicativo aduce que es de interés del consumidor que se modifique el Real Decreto 473/2015, en su párrafo en el que hace referencia a la mezcla de mieles, quedando de la siguiente forma:
"Se tendrá que detallar la procedencia de todos los países de los que procede la miel en caso de mezclas, indicando el porcentaje de la mezcla de miel de cada país.
"Se prohíbe la mezcla de miel recolectada en el territorio español, con cualquier miel cuya procedencia sea de otro país o países. Esta medida cautelar se establece para preservar la calidad de las mieles que se obtienen en todo el territorio español".


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